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¿Quiénes tienen derecho al reparto de utilidades 2023?

Toda empresa debe cumplir con esta obligación ¿la recibirás?
¿Quiénes tienen derecho al reparto de utilidades 2023?
Descubre si recibirás el pago de utilidades. Fuente: Unsplash

Una de las prestaciones que son de las más importantes es el reparto de utilidades, ya que es un pago que reciben por los resultados obtenidos por la empresa en la que trabajan pero algo que debes saber es que no todos obtienen este tipo de remuneración.

Las ventajas para muchos es que cada vez está más cerca la entrega de esta prestación, ya que las empresas tienen la obligación de llevar a cabo este pago y tienen como fecha límite el último día de mayo para todos aquellos que han trabajado al menos 60 días del año pasado.

¿Quiénes tienen derecho al reparto de utilidades 2023?

Las empresas tienen la obligación de llevar a cabo este pago y tienen como fecha límite el último día de mayo. Fuente: Unsplash

¿Quiénes sí recibirán el reparto de utilidades?

La mayoría de los trabajadores recibirán este pago pero los únicos que no podrán son:

  • Administradores
  • Gerentes generales
  • Socios o accionistas
  • Directores
  • Trabajadores eventuales que hayan trabajado menos de 60 días el año anterior.
  • Prestadores de servicios profesionales.

También hay que tomar en cuenta que hay patrones que no tienen la obligación de llevar a cabo este pago pero solo se trata de los siguientes:

  • Empresa de nueva creación a lo largo del primer año de funcionamiento.
  • Empresas nuevas que se encarguen de la elaboración de un ducto novedoso.
  • Empresas nuevas de la industria extractiva a lo largo del periodo de exploración.
  • Instituciones de asistencia privada reconocidas por las leyes.
  • IMSS e instituciones públicas descentralizadas con fines culturales, asistenciales o de beneficencia.

¿Cuánto es lo que deben recibir los trabajadores de utilidades?

Las utilidades son divididas en dos partes iguales, una es entre los trabajadores de acuerdo al número de días trabajadores por casa uno en el año y en proporción al monto de los salarias asignados por el trabajo otorgado por el año.

Así que si no recibes esta prestación y tengas el derecho de obtenerlo es importante levantar una queja a la Profedet.

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