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Te explicamos los pasos que debes seguir para cobrar un testamento

El testamento es un mecanismo legal, el cual está avalado ante un notario público, y expresa de manera puntual la voluntad de una persona sobre el destino de sus bienes...
Testamento, Jornada Notarial
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El testamento es un mecanismo legal, el cual está avalado ante un notario público, y expresa de manera puntual la voluntad de una persona sobre el destino de sus bienes y derechos al momento de morir.

Es importante entender que la edad mínima para hacer este trámite es diferente en cada estado de la República, pues en Chihuahua, Coahuila, Puebla, Quintana Roo, Sinaloa, Tabasco y Tlaxcala es posible realizarlo desde los 14 años.

Cobrar una herencia

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Mientras que, Aguascalientes, Baja California, Baja California Sur, Campeche, Chiapas, Colima, CDMX, Durango, Guanajuato, Guerrero, Hidalgo, Estado de México, Morelos, Nayarit, Nuevo León, Oaxaca, Querétaro, San Luis Potosí, Sonora, Tamaulipas, Veracruz, Yucatán y Zacatecas, la edad mínima es de 16 años y finalmente, Jalisco y Michoacán señalan que se necesita que la persona sea mayor de edad.

“El testamento es un tema que puede ser difícil de comprender y abordar, pero es necesario conocerlo para cuando lo necesitemos. Carecer de información básica puede llevar no sólo a conflictos personales irreparables, sino a perder el patrimonio heredado”, afirmó para el portal DineroenImagen.com Sebastián Medrano, director de Coru.com.

De acuerdo con la normativa de la Secretaría de Gobernación, en México los testamentos en materia civil se dividen en dos: ordinario y especial; mientras que los testamentos en materia agraria se clasifican como lista de sucesores o testamentos agrarios.

“El procedimiento de cobro de una herencia puede ser largo, pero si se siguen las instrucciones al pie de la letra, no debería representar mayor problema”, puntualizó Sebastián Medrano.

Testamento

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Los pasos que debes seguir para cobrar una herencia por la vía judicial son:

  • Presentar un escrito ante la Oficialía de Partes del Tribunal Superior de Justicia de la Ciudad donde se compruebe, a través de un acta de defunción, el fallecimiento del titular del testamento, al mismo tiempo que el heredero debe acreditar el interés jurídico de cobrar el testamento. Esto puede hacerse por medio de un acta de nacimiento en caso de hijos del fallecido, acta de matrimonio si es que se trata del cónyuge.
  • El segundo paso es presentar una lista de los bienes y adeudos en cuestión
  • Tercer punto se debe presentar todo lo mencionado en la lista a la administración del patrimonio de la sucesión y las cuentas
  • El siguiente paso está en manos del juez, quien determinará si procede o no adjudicar a los interesados como los herederos, esto será conforme al acuerdo al que hayan llegado, si es que el difundo dejó a varias personas como herederos universales, pero si dejó a un heredero particular para cada bien, el juez deberá adjudicar dichas propiedades a esa persona.

El último paso será la escrituración ante un notario público, quien adjudique oficialmente los inmuebles a los herederos. Cabe mencionar que por la vía jurídica siempre será necesario contratar a un abogado especialista en sucesiones hereditarias y se tratará de un proceso más largo y costo.

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