Con la generalización del trabajo a distancia, se hace indispensable regularlo, para que se puedan supervisar y limitar los horarios de trabajo. El Centro de Estudios para el Empleo Formal (CEEF) propone estas diez normas que deberían regular las relaciones de trabajo a distancia:
- El trabajo en casa debe ser un derecho libre y voluntario para trabajadores y empleadores, que deba regirse bajo los principios del trabajo formal.
- El trabajo a distancia debe considerarse como una relación de trabajo, por lo que no debe considerarse como prestación de servicios profesionales.
- El trabajo en casa debe quedar asentado bajo contrato, consensuado por ambas partes.
- Ambas partes deben acordar el porcentaje de asistencia a la empresa, conforme a lo acordado en el contrato.

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- Debe considerarse el acuerdo de que trabajar desde casa origina los mismos derechos, horarios, sueldos, prestaciones e igualdad de trato y no discriminación.
- El contrato o acuerdo debe definir los horarios, tareas, actividades o resultados a realizar.
- Los empleadores deben proporcionar a sus trabajadores los instrumentos necesarios para realizar su trabajo a distancia.
- Tienes derecho a la desconexión digital. Es decir, tener horarios definidos en días laborales y días de descanso obligatorio y vacaciones.

- Debes tener derecho a capacitación y recibir las herramientas necesarias para llevar a cabo tus actividades.
- Deben definirse las bases de realización de las capacitaciones, además de las normas de seguridad e higiene a vigilarse durante el trabajo a distancia.