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Cierran las Juntas de Conciliación y Arbitraje: ¿Qué habrá ahora?

Tras el cierre de las Juntas de Conciliación y Arbitraje, la justicia laboral en México apuesta por la conciliación, conoce los detalles.
Cierran las Juntas de Conciliación y Arbitraje: ¿Qué habrá ahora?
Fuente: Twitter @Manuel_FuentesM

La entrada en vigor de la última fase del Nuevo Modelo de Justicia Laboral supone el cierre para las Juntas Locales de Conciliación y Arbitraje, que dejaron de operar el pasado 30 de septiembre en la Ciudad de México.

Desde el lunes 03 de octubre está activa la última fase del Nuevo modelo de Justicia Laboral, lo que significa que las juntas de conciliación en Chihuahua, Ciudad de México, Coahuila, Jalisco, Michoacán, Nayarit, Nuevo León, Sinaloa, Sonora, Tamaulipas y Yucatán ya no recibirán casos nuevos, sino que permanecerán abiertas para abatir el rezago.

En el resto del país, las juntas aún no desaparecen: esto ocurrirá hasta que resuelvan el último expediente en trámite. 

Lo que supone el nuevo modelo de justicia laboral es que las juntas de conciliación ya no se tomen en cuenta al menos en los nuevos conflictos que se presenten. Ahora, en México operará un mecanismo de solución que tiene una apuesta importante en la conciliación, etapa obligatoria de agotar antes de iniciar una demanda ante un tribunal laboral.

Así, la Conciliación se realiza ante el Centro Federal Laboral o en los Centros Locales, exceptuando casos como acoso laboral, prestaciones de seguridad social, o negación de derechos colectivos. Estos asuntos no están obligados a agotar la etapa prejudicial y pueden ir directo a juicio en un tribunal laboral, instancia que quedará a cargo del Poder Judicial.

Cierran las Juntas de Conciliación y Arbitraje: ¿Qué habrá ahora?

Fuente: Unsplash

Esta conciliación no puede durar más de 45 días, y los juicios deben tener una sentencia en un plazo no mayor a seis meses.

Elegir el centro federal o local dependerá del tipo de industria en el que trabaja la persona afectada. Es decir, si la empresa pertenece a una rama industrial federal establecida en la Constitución, como la textil, automotriz, minera, cinematográfica, productora de alimentos, entre otros, el proceso iniciará en el Centro Federal. Por otro lado, si el agraviado trabaja un una empresa no calificada como industria federal, como la hotelería, seguridad privada, tiendas de autoservicio o restaurantes, debe acudir a un Centro Local.

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