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Conoce 2 reversiones de la SCJN contra medidas del gobierno de AMLO

Las reversiones de la SCJN impiden al presidente usar a discreción los ahorros del gobierno, e impiden que no se pueda contratar en la IP a ex funcionarios.
Conoce 2 reversiones de la SCJN contra medidas del gobierno de AMLO
Fuente: Wikicommons

El pleno de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) dio reversa a dos propuestas del gobierno de Andrés Manuel López Obrador (AMLO): 1) la que permite el uso discrecional del presidente para determinar el destino de los recursos ahorrados; 2) la que impide a ex funcionarios públicos conseguir empleo en la iniciativa privada hasta por una década después de haber desempeñado su cargo. Conoce los detalles.

Ley Federal de Austeridad Republicana

La SCJN declaró inconstitucional e invalidó la reforma al artículo 61 de la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria (LFPRH). Esta medida otorga poderes discrecionales al presidente de la República para determinar el destino de los recursos ahorrados con la Ley Federal de Austeridad Republicana.

Los ministros de la corte invalidaron esta disposición porque consideran que vulnera una facultad exclusiva de la Cámara de Diputados. Es decir, es este órgano el que está facultado legalmente para aprobar el Presupuesto de Egresos y el Plan Nacional de Desarrollo. Esto sirve como control democrático del gasto federal, como contrapeso al poder ejecutivo.

Conoce 2 reversiones de la SCJN contra medidas del gobierno de AMLO

El presidente no podrá decidir a discreción el uso de los ahorros del gobierno, y los funcionarios públicos no deberán esperar una década para emplearse en la IP || Fuente: Gobierno Federal

Ex funcionarios podrán emplearse en el sector privado

Fue declarado inconstitucional por la SCJN el segundo párrafo del artículo 24 de la Ley Federal de Austeridad Republicana, que prohibía a servidores públicos separados de mandos superiores que fueran separados de sus cargos ocupar cargos en la iniciativa privada durante los próximos diez años.

Los ministros consideraron que esta medida implica restricciones a la libertad de trabajo, prevista en el artículo 5 constitucional. Asimismo, consideraron injustificable la extensión del plazo de uno a 10 años, al haber incluido a todos los ex funcionarios de mando superior, sin contemplar que no todos tuvieron la misma responsabilidad ni conocieron los mismos asuntos.

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