El lunes, la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) declaró inconstitucional que el Servicio de Administración Tributaria (SAT) use su base de datos de contribuyentes para permitirle a las empresas recurrir a ella para verificar identidades.
La acción de inconstitucionalidad de la medida fue promovida por el Instituto Nacional de Transparencia, Acceso a la Información y Protección de Datos Personales (INAI).
Se invalidó la disposición del Código Fiscal de la Federación que permitía al SAT dar a conocer información personal sin el consentimiento de sus titulares y sin un fin legal legítimo, porque vulneraba el derecho de autodeterminación informativa,
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— Suprema Corte (@SCJN) May 29, 2023
Así, la SCJN declaró inconstitucional el tercer párrafo del artículo 17-F del Código Fiscal de la Federación, publicado el 8 de diciembre del 2020. porque viola la privacidad de los contribuyentes. La decisión fue tomada con 8 votos a favor, y 3 en contra.
En particular, la Corte explica que las disposiciones establecían que las empresas y autoridades podían solicitarle al SAT el servicio de verificación y autenticación de firmas electrónicas (e.firmas). El Pleno de la Corte consideró que esto va contra el principio de autodeterminación informativa, relacionada con el uso de datos personales, incluyendo datos biométricos.

Los particulares y autoridades ya no podrán solicitarle al SAT que valide la identidad de terceros || Fuente: Wikicommons
Esto es porque el SAT estaba facultado a darle a conocer a terceros, tanto autoridades como particulares, información personal, sin que hubiera consentimiento de los titulares de la información, ni condicional el uso de la información a la realización de fines legales legítimos, y buscando proteger datos personales.
A favor de invalidar estas disposiciones votaron Alfredo Gutiérrez, Loretta Ortiz, Jorge Pardo, Arturo Zaldívar, Margarita Ríos Farjat, Javier Laynez, Alberto Pérez Dayán y Norma Piña. En contra, votaron Juan Luis González Alcántara, Yasmín Esquivel y Luis María Aguilar.

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