El Servicio de Administración Tributaria (SAT) publicó las reglas que desde enero de 2021 deberán acatar los asesores fiscales y contribuyentes para revelar a la autoridad fiscal sus planeaciones fiscales de 2020, incluyendo las que hayan hecho con anterioridad si sus efectos fiscales se reflejaron este año.
Las reglas fueron publicadas en el Diario Oficial de la Federación (DOF) a través de la Tercera Resolución de Modificaciones a la Resolución Miscelánea Fiscal para 2020. En el capítulo “De la revelación de esquemas reportables” fueron dadas a conocer las disposiciones para dar a conocer los esquemas de planeación fiscal.
Los esquemas reportables son las planeaciones fiscales de los contribuyentes que obtienen algún beneficio fiscal directo o indirecto en México y que guarda relación con las áreas de riesgo que el SAT ha detectado.
Estos esquemas deberán reportarse al SAT desde enero de 2021. Con ello, los esquemas diseñados, comercializados e implementados este año deberán revelarse a inicios del próximo año.
Esto deberá incluir el esquema reportable
- Un diagrama que permita observar las operaciones que forman parte del plan
- Se deberá incluir en el diagrama los países o jurisdicciones donde se ubica el esquema, y cuál será la legislación aplicable
- Debe reportarse si los contribuyentes beneficiados o que pretenden obtener un beneficio se auxilian de personas físicas en el extranjero o en México
- Si es un esquema reportable personalizado, se deberá revelar a la autoridad la fecha exacta o aproximada en que se llevaron a cabo las operaciones que integran el esquema reportable.
La obligación de revelar este esquema reportable es obligatoria si se obtiene un beneficio fiscal en México y sin importar la residencia fiscal del contribuyente.
