El matrimonio es uno de los temas que puede causar incomodidad cuando se habla de los términos y repartición de bienes. Por este motivo, te compartimos alguno de los motivos por el cual puedes cancelar un matrimonio por bienes mancomunados sin necesidad de divorciarte.
Motivos para cancelar un matrimonio por bienes mancomunados
Cuando se habla del matrimonio uno de los puntos que menos se toca es la repartición de bienes, al menos de manera pública, pues un matrimonio en sociedad conyugal o bienes mancomunados implica repartir todo en partes iguales, pero, existen ciertos motivos por que puedes cancelar estos términos sin necesidad de un divorcio.
- Por negligencia de la pareja: cuando un ‘socio’ del matrimonio presenta una notoria negligencia o torpe administración de los bienes, a riesgo de amenazar la riqueza de la pareja, se puede solicitar la cancelación de la sociedad conyugal.
- Cuando no se consulta en la toma de decisiones: en caso que uno de los implicados en el matrimonio decide ceder bienes a sus acreedores sin consentimiento expreso de su pareja se puede cancelar el matrimonio por bienes mancomunados.
- Cuando uno se declara en bancarrota: en caso que un socio quede en bancarrota, quiebra o se declare en concurso mercantil se tiene el derecho de cancelar la sociedad conyugal.
- Por abandono del hogar: un caso frecuente es el abandono injustificado, cuando un socio no se encuentre en su hogar por un periodo de 6 meses se cancela la sociedad conyugal.
Finalmente, en caso de conflicto entre la pareja un juez será quien determine las condiciones de la cancelación del matrimonio así como el proceso de liquidación de los bienes a fin de no favorecer a un miembro que haya actuado de mala fe.
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