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5 Puntos claves a considerar antes de cambiar al RESICO: SAT

Si desempeñas una actividad económica,. te mostramos 5 puntos clave del RESICO para saber si debes cambiarte de régimen.
Cambios que se aplicaran en el RESICO
El cambio del RESICO se aplicará de forma automática | Fuente: Especial

Con la llegada del 2022, el SAT anunció que entrará en vigor el nuevo Régimen Simplificado de Confianza (RESICO), con el fin de aumentar la base de contribuyentes y agilizar el pago de impuestos, pero cuáles son los puntos más importantes antes de cambiar a este nuevo régimen.

1- Tasas bajas de ISR

Con este nuevo régimen, se aplicarán tasas de ISR más bajas, pues de acuerdo a tus ganancias reportadas, tendrás que pagar de 1% a 2.5% del Impuesto Sobre la Renta, siempre y cuando no superes los $3.5 millones de pesos si eres persona física y $35 millones de pesos anuales si eres persona moral.

Las tasas del ISR serán menores

Se pagará menos ISR según tus ingresos | Fuente: Especial

No obstante, debes de considerar que si eres persona física al aplicar una tasa de ISR menor no se permitirán las deducción de ningún tipo de gasto, algo que debes de analizar si realmente te conviene.

2- Menos actividad contable

El objetivo del RESICO es facilitar la actividad contable de los contribuyentes, por lo que utilizará la base de ingresos facturados y cobrados, una manera para que el SAT (Servicio de Administración Tributaria) realice anualmente los cálculos de precargar la declaración lista de ser revisada y pagada.

3- Beneficios en pago de cuotas

Aunque se reduce considerablemente la tasa del ISR, un punto que no ha quedado claro sobre este nuevo régimen son los beneficios a cuotas patronales en contribuyentes que están en el RIF (Régimen de Incorporación Fiscal). Pues al incorporar a su personal de trabajo, este recibe un subsidio de hasta 50%, situación que el RESICO no ha aclarado.

Los beneficios a cuotas están al aire

No se aclara los subsidios a cuotas patronales | Fuente: Especial

4- Quiénes no pueden cambiarse

Aunque se busca que gran parte de los contribuyentes cambien a este nuevo régimen, existen excepciones para aquellos que realizan las siguientes actividades económicas. Para personas físicas que sean socios, accionistas o integrantes de personas morales no podrán incorporarse al RESICO, ni aquellas personas morales que realicen actividades por medio de fideicomisos,

5- Fecha límite para permanecer o cambiar

Si aún no realizas un análisis para determinar si el RESICO realmente te conviene, se recomienda iniciarlo lo antes posible, pues tienes hasta el 31 de enero de 2022 para presentar el aviso de permanencia, de lo contrario el SAT cambiará automáticamente a todos los contribuyentes a este nuevo régimen.

Asesórate si te conviene este cambio

Presenta el aviso si no quieres cambiarte al RESICO | Fuente: Especial

Finalmente, acércate a un contador o contadora que te ayude a resolver todas tus dudas sobre el pago de impuestos y deducciones que tendrás que acatar en este régimen y evita sorpresas el 1 de febrero.

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