logo-tu-cochinito

Ya puedes elegir a los beneficiarios de tu Afore y así puedes hacerlo

La Consar ha anunciado que a partir de octubre 2021 los asegurados podrán elegir libremente a los beneficiarios de sus cuentas de Afore.
Ahora podrás elegir a los beneficiarios de tu afore

Cuando se abre una cuenta de Afore, se establece por ley a los beneficiarios de la misma. Es decir, a aquellas personas que podrán hacer uso de los recursos del asegurado/pensionado en caso de fallecimiento del mismo.

Los beneficiarios legales son:

  1. Tu esposa(o), concubina o concubinario, independientemente de si tuvieron hijos o no.
  2. Tus hijos menores de 16 años o hasta los 25 si es que siguen estudiando, o si padecen alguna enfermedad crónica.
  3. Y en la ausencia de pareja e hijos, a tus padres si es que dependen económicamente de ti.

Ahora bien, en el caso específico de los recursos que no se utilizan para la pensión, son los mismos beneficiarios legales los que deben recibirlo. Sin embargo, en numerosas ocasiones éstos tienen que interponer juicios para hacer válido su derecho.

Quiénes son los beneficiarios legales y qué recursos reciben | Fuente: Unsplash

En general, los beneficiarios legales de los recursos otorgados para pensión son determinados de acuerdo a un esquema de vulnerabilidad que parece bastante sensato.

No obstante, el dinero restante permanece flotando en la cuenta de Afore sin que nadie lo utilice ni se favorezca de éste y, en caso de que el titular “pase a mejor vida”, es una verdadero caos el proceso para recuperar los recursos.

Por ello, la Comisión Nacional del Sistema de Ahorro para el Retiro (CONSAR) ha anunciado que a partir de octubre de 2021 esto cambiará. Ahora, los asegurados podrán elegir a sus beneficiarios sin restricciones. 

Ahora podrás elegir a los beneficiarios de tu Afore | Fuente: Unsplash

Esto no quiere decir que cambiará el esquema enlistado anteriormente, sino que los recursos no destinados al pago de pensión o que no tengan algún fin específico serán otorgados a los beneficiarios que el titular de la cuenta decida. Sin necesidad de demostrar ningún tipo de vínculo matrimonial o familiar.

La Consar especificó que esta medida busca facilitar los procesos de entrega de recursos post mortem y añadir un beneficio para los asegurados, quienes podrán legar su pensión a los beneficiarios legales y sus recursos restantes a las personas que ellos prefieran.

Para conocer más información acerca de éste y otros temas, revisa nuestro contenido en Oink-Oink.

ANUNCIO