logo-tu-cochinito

¿Qué tipo de trabajadores no reciben aguinaldo?

Para los trabajadores que esperan el pago del aguinaldo, te compartimos qué tipo no gozarán de este beneficio.
Te compartimos qué trabajadores que no reciben aguinaldo
Estos son los trabajadores que no cobran aguinaldo | Imagen: Google

Con el cierre del año, millones de trabajadores esperan el abono del aguinaldo por haber laborado. Sin embargo, no todos tienen la fortuna de esta prestación. Por ello, te compartimos qué trabajadores n cobran aguinaldo.

¿Qué trabajadores no reciben aguinaldo?

La llegada de las fiestas decembrinas es muy esperada por los trabajadores en México, ya que significa el pago del aguinaldo por el año de trabajo en su empresa. Sin embargo, existen ciertas condiciones laborales donde no tienes derecho a cobrar esta prestación, el cual señala la Profedet (Procuraduría Federal de la Defensa del Trabajo), lo siguiente:

El aguinaldo no se paga a todos | Imagen: Google

  • Trabajadores de confianza: pese a que muchos no reciben aguinaldo, debido a que brindan servicios personales subordinados para una persona física o moral, deben percibirlo.
  • Contratados por honorarios: No reciben aguinaldo, a menos que haya una subordinación laboral o se cumplan horas de trabajo y reciban instrucciones de un superior/lugar fijo de trabajo.
  • Trabajadores eventuales: En caso de no recibir aguinaldo, tienen derecho a aguinaldo dependiendo el tiempo laborado, sea proporcional o no a su período en la empresa.
  • Con labores con menos de un año: Aunque no estén en la empresa o laboren en otra, tienen derecho a un aguinaldo proporcional al tiempo que estuviste trabajando.
  • Renuncia voluntaria: A pesar de una renuncia voluntaria, la empresa debe pagarte la parte proporcional del aguinaldo por el tiempo que trabajaste en dicho lugar.
  • Permiso de paternidad: En caso de constar con días de permiso por paternidad, este también es considerado como tiempo laborado, por lo que existe derecho al aguinaldo completo.
  • Accidente laboral: Para los trabajadores que hayan sufrido un accidente deberán recibir aguinaldo, asegurados o no, estando en incapacidad temporal.

Por lo tanto, los únicos trabajadores que no reciben aguinaldo son aquellos que laboral por honorarios, siempre que no estén subordinados o laboren en un horario o lugar fijo, de lo contrarío se debe abonar esta prestación. Para cualquier duda adicional, marca a la Profedet al  800 717 29 42, con un horario de atención de lunes a viernes de 08:00 a 20:00 horas, el buzón de voz se encuentra disponible de 20:01 a 07:59 horas y fines de semana.

Si quieres más información sobre el aguinaldo, no dudes en consultar las novedades que tenemos en TuCochinito

ANUNCIO