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¿Qué métodos de cobranza son ilegales en México?

Es importante cumplir con las deudas pero hay un límite cuando te quieren amenazar para pagar

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¿Qué métodos de cobranza son ilegales en México?
Conoce los métodos de cobranza que son ilegales en México. Fuente: Unsplash

Existen métodos de cobranza que son muy comunes cuando los deudores no cumplen con sus pagos en tiempo y forma. No importa cuál sea el motivo, el acreedor a la institución financiera a la que el involucrado le debe tiene derecho a recuperar el dinero, incluso si es por medio del embargo, donde se pide la retención de los bienes para que la persona sea capaz de saldar todo lo que debe.

Aunque, hay maneras de negociar el pago de la deuda  y esto es posible por medio de diferentes procedimientos. Es un hecho que hay métodos que son ilegales en México y a los cuales hay quienes recurren como despachos de cobranza, los cuales al finas son representantes acreedores.

¿Qué métodos de cobranza son ilegales en México?

El acreedor a la institución financiera a la que el involucrado le debe tiene derecho a recuperar el dinero. Fuente: Unsplash

¿Cuáles son los tipos de cobranza que debes conocer?

La Comisión Nacional para la Protección y Defensa de los Usuarios de Servicios Financieros (Condusef) señala que hay tres vías mediante las cuales los acreedores pueden requerir el pago o el cumplimiento de las obligaciones por parte de los deudores, estos son: el proceso administrativo, el proceso extrajudicial y el proceso judicial. Cada uno de estos procedimientos implica diferentes pasos y acciones que los prestamistas pueden tomar en caso de impagos o incumplimientos contractuales.

Al pasar alrededor de 90 días de impago, entre la vía administrativa y la judicial se encuentra la extrajudicial, donde se trata de una especie de tiempo extra para continuar exigiendo al deudor el pago por medio de un despacho de cobranza, previo a proceder de manera legal.

¿Qué métodos de cobranza son ilegales en México?

Una de las tácticas es recurrir a prácticas ilegales como amenazar o intimidar. Fuente: Unsplash

Cuando se cumplan 120 días de atraso con el pago, entonces se presentará la cobranza judicial, donde la institución bancaria se encargará de emplear recursos para recuperar el monto pendiente, así que de esta manera es posible recurrir al embargo.

Aunque, también una de las tácticas es recurrir a prácticas ilegales como amenazar o intimidar para que se cumpla con el pago.

Un detalle que no puedes pasar desapercibido es que el embargo es una de las últimas opciones, ya que se necesita la orden de un juez para que sea posible el despojo de bienes.

La Condusef determina que, de acuerdo con la legislación vigente, las agencias de cobranza no están autorizadas a emplear tácticas intimidantes, amenazadoras o insultantes para forzar a los deudores a cumplir con sus pagos. Además, se prohíbe que utilicen nombres que puedan confundirse con entidades gubernamentales o que realicen acciones de cobro con terceros, a menos que se trate de deudores solidarios o avalistas.

Tampoco es posible usar números de teléfono que aparezcan en el identificador como “privado” “oculto” o “confidencial”, además no se pueden enviar documentos que pretendan ser escritos judiciales. 

Si es que atraviesas por alguno de estos métodos de cobranza debes saber que se trata de una práctica comercial abusiva y coercitiva de acuerdo a lo establecido en el artículo 10 de la Ley Federal de Protección al Consumidor.

Recuerda siempre cumplir con el pago de tus deudas para no meterte en problemas y saber identificar cuándo están abusando de ti como consumidor.

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