El 25 de diciembre es considerado como día festivo, pues de esta manera lo establece la Ley Federal del Trabajo pero en caso de que las festividades caigan en domingo deben ser recorridas para el día siguiente, así que esto ha generado confusión entre los trabajadores.
Los días obligatorios para descansar están registrados en el artículo 74 de esta ley, donde el 25 está señalado como uno de los días que el patrón deben dar a los trabajadores y así celebrar la navidad.

Los días obligatorios para descansar están registrados en el artículo 74. Fuente: Unsplash
¿Qué ocurre si debes trabajar en días festivos en domingo?
Como se mencionó a un inicio, de acuerdo a la Ley Federal del Trabajo, los días festivos vienen indicados en el calendario en donde se establece que si el descanso cae en domingo, entonces este debe ser recorrido al lunes.
En el contrato de muchas personas se establece que el domingo es su día de descanso, no tendrá alguna modificación pues respeta que no se trabaje ese día.
Aunque si el caso es que el trabajador presta sus servicios en domingo, es necesario que el 25 de diciembre reciba un pago triple porque este día es obligatorio.
Por otro lado, se sabe que hay muchos trabajadores que tienen que trabajar ese día u otros días de descanso, así que las actividades que se deben desempeñar son las siguientes dependiendo del artículo:
Artículo 71: De acuerdo a este artículo, establece que el día de descaso se lleve acabo en domingo y aquellos que presten sus servicios este día tienen derecho a prima vacacional del 25 por ciento sobre el salario de los demás días de trabajo.
Artículo 75: En el artículo 71, los patrones se encargan de establecer cuál será el número de trabajadores que deben prestar sus servicios y tienen el derecho a que se les pague por ello independientemente del salario que corresponda por el descanso obligatorio o salario doble por el servicio prestado.
En caso de que tengas que prestar tus servicios el 25 de diciembre, no pases por alto que en la nómina de la quincena tienes que cobrar un salario por el día obligatorio trabajado, el salario normal de ese día y tu prima vacacional.
No lo pases por alto y si no recibes el pago, puedes levantar una queja con Profedet.

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