Una de las obligaciones que tiene todo contribuyente cuando hay actividades económicas ante el Servicio de Administración Tributaria (SAT) es pagar impuestos y uno de ellos es el pago de la pensión de alimentos, el cual no está sujeto a un gravamen de Impuesto Sobre la Renta (ISR), además del que fue retenido por el salario de la persona.
Esto se debe al salario bruto de una persona que cuenta con un trabajo en el sector formal, así que se le retiene como un impuesto (ISR) y al llevarse a cabo las deducciones de ley, el sueldo neto que es recibido tiene un descuento de porcentaje del salario que establece el juez para la pensión alimenticia.
Cuando se recibe la notificación del juzgado, la empresa donde trabaja el deudor alimentario hace retención de una parte del salario y se encarga de transferir a la madre o al tutor del menor.
En caso de donaciones, de acuerdo a lo establecido en la Ley del Impuesto sobre la Renta, si se lleva a cabo una donación, se hará un cobro del 20 por ciento sobre el valor del ingreso obtenido pero debes saber que existen donaciones exentas de impuestos.
¿Cuáles son las donaciones exentas de impuestos?
Las que sean recibidas por hijos, nietos o bisnietos de los ascendientes en línea.
Cónyuges sin tomar en cuenta el monto.
Otros donativos, dependiendo de que el valor total de los recibidos en un año que no excedan del 03 veces el salario mínimo del área geográfica del contribuyente, en caso de que exceda el monto se tiene que pagar el impuesto correspondiente.
Depósitos en efectivo libres de impuestos
Donativos entre cónyuges están exentos en términos del artículo 93, fracción XXIII de la LISR pero es necesario que en la declaración anual sean informados en caso de exceder los 600 mil pesos.
Depósitos entre padres e hijos, así como descendientes y ascendientes en línea recta quedan libres del pago de impuestos, con la condición de que el dinero o los bienes que sean recibidos no sean donados a otro familiar, así que es importante informarlos en la declaración anual en caso de exceder los 600 mil pesos.
Pensiones alimenticias que son ordenadas por un juez y quedan exentas del pago de impuesto de acuerdo al artículo 93 fracción XXVI LISR, así como los que no son embargables.
Por último se encuentran las becas para estudiantes de cualquier grado académico, pues son apoyos económicos que vienen del gobierno.
Es así como no todos los impuestos deben ser declarados pero es importante informar al fisco en caso de que la cantidad mencionada sea rebasada.
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