logo-tu-cochinito

Cómo presentar el aviso de cierre de establecimiento en el SAT

Todo lo que tienes que saber acerca del aviso de cierre de establecimiento y cómo presentarlo ante el Servicio de Administración Tributaria (SAT)
sat
Si piensas cerrar tu negocio, debes dar aviso al SAT | Foto: Unsplash

Tener un negocio o cualquier tipo de establecimiento implica realizar las declaraciones de ingresos correspondientes al SAT. Esto para verificar el origen de los recursos que se generan a través de una actividad económica.

Pero, ¿qué ocurre si, por cualquier razón, el negocio tiene que cerrar? Las declaraciones periódicas ya no se realizarán, así que es necesario informarle esto al SAT.

Para ello, es indispensable presentar el aviso de cierre de establecimiento. Este documento da por terminadas las obligaciones fiscales correspondientes a la actividad económica del propio establecimiento.

Debes presentar el aviso para dar constancia del cese de pago de impuestos | Foto: Unsplash

Proceso para presentar el aviso en el SAT

En realidad es muy sencillo; ni siquiera necesitas acudir a las oficinas del Servicio de Administración Tributaria, toda vez que el trámite puede realizarse en línea.

Ingresa al portal oficial del SAT y, en el menú superior, elige la opción de “Trámites del RFC”. Luego, da click en “ver más” y despliega la pestaña de “Actualización en el RFC”.

Ahora elige “Presenta tu aviso de cierre de establecimiento” y el sistema te guiará para iniciar el proceso. Solo debes tener a la mano tu RFC y tu e.firma para comenzar. Vale mencionar que este trámite es totalmente gratuito.

Solo necesitas tu RFC y e.firma para este trámite | Foto: Unsplash

Cuándo debe presentarse el aviso

Las “personas físicas que cierren un local, establecimiento, sucursal y en general cualquier lugar que se utilice para el desempeño de sus actividades”, tendrán que presentar el aviso “dentro del mes siguiente a aquél en que se realice el cierre del establecimiento”.

Así que tienes un mes después de haber cerrado tu negocio para cumplir con esta obligación ante el SAT.

Si quieres conocer más información acerca de este y otros temas relacionados, síguenos en Oink-Oink.

ANUNCIO