A muchas personas que están en situación de incumplimiento o pago de sus deudas, les toca vivir la situación de un embargo. En esta nota te decimos qué bienes son los que pueden embargar si caes en una situación de impago.
Un embargo consiste en el desprendimiento de propiedades, con amparo en un mandato legal de retención por un magistrado. Esto puede hacerse si hay como base una denuncia emitida por el prestamista, orientada a afianzar la posesión de la propiedad sobre las pertenencias del demandado, con el fin de cobrar los pasivos derivados de una deuda que no se terminó de pagar.
Antes de un embargo, los bancos suelen tomar medidas previas, como llamarte, hacer visitas a tu casa, o llevar documentación de cobros a tu casa.
¿En qué casos procede un embargo?
Estos no se aplican en tarjetas de crédito o pequeños préstamos, pues los montos a pagar son bajos. En los casos en los que sí procede es en créditos empresariales e hipotecarios.
¿Cómo saber si el embargo es legal?
El demandado debe ser informado por un profesional judicial que muestre sus credenciales que lo acrediten como trabajador en un tribunal. Para esto, debe haber un juicio mercantil previo donde se acredite el juzgado que lleva el caso, el nombre del acreedor y el porqué se está demandando.
Una vez que el deudor es notificado, puede solicitarse una retención preventiva, para verificar las propiedades del demandado, que serán transferidas al demandante en caso de ser positivo el fallo.
Luego, iniciará la presentación de evidencias, abriéndose la posibilidad de mostrar que sí se efectuó pago. Si el demandado no está en su casa, se le dejará un mensaje para decirle que debe ir al tribunal al siguiente día hábil.
¿Qué bienes pueden embargar?
Si el acreedor gana el juicio, el juez emitirá un auto de ejecución. Con esto, se presentará el actuario en el domicilio del deudor para embargar los bienes que correspondan. Si es así, el deudor tendrá derecho a indicar qué bienes son los que embargarán, siempre y cuando sean suyos.
Si el deudor se resiste o no asiste al juzgado, el acreedor puede escoger los bienes a embargar.
Los bienes embargables pueden ser joyas, bienes muebles, autos, obras de arte, créditos de pronto cobro o bienes raíces.
Por otro lado, no podrán embargarse patrimonios de familia, como prendas, muebles, la cama, o herramientas para desempeñar labores, entre otros.
