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¿Puedo ir a la cárcel si no pago mis deudas en tarjetas de crédito?

Aunque si no pagas tus deudas en tarjetas de crédito, algunos despachos de cobranza amenazan con la cárcel para que pagues, esto no es legal.
¿Puedo ir a prisión si no pago mis deudas en tarjetas de crédito?
Fuente: Pixabay

Muchas personas que dejan de pagar sus deudas por tarjetas de crédito asumen las consecuencias sin tener conocimiento de causa. Aunque algunos despachos de cobranza amenazan con la cárcel para que pagues, esto no es legal.

Esto pasa si dejas de pagar

SI dejas de pagar tus deudas en tarjetas de crédito, se van acumulando los intereses, te cobran cargos por mora y además otros adicionales por las visitas domiciliarias del banco, si aplica. Definitivamente no deberías pedir créditos para dejar de pagarlos. 

No obstante, a veces dejar de pagar se debe a causas de fuerza mayor, como enfermedad, quiebra, desempleo o una mala administración de pago. Con esto, rebasas tu capacidad de endeudamiento y tus deudas terminan por superar tus ingresos.

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¿Pueden enviarme a prisión por deberle al banco?

Constitucionalmente, no pueden mandarte a prisión en casos de haber contraído deudas de carácter civil, como en tarjetas de crédito, créditos personales, o hipotecarios. En este sentido, al dejar de pagar te haces acreedor a una demanda civil o mercantil, pero no a una denuncia penal.

Si los despachos de cobranza te acosan amenazándote con la cárcel en llamadas de madrugada ahora sabes que esto no es cierto.

Precisamente, hay un Código de ética al que deben apegarse los bancos pertenecientes a la Asociación de Bancos de México (ABM), además de cualquier otra empresa que realice actividades bancarias.

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En este caso sí vas a prisión

Si cometes un delito patrimonial, es decir, si hay dolo o culpa de tu parte, sí puedes ir a prisión. Aplica en casos de cheques ligados a cuentas bancarias canceladas o inexistentes, o en su defecto, casos de fraude en los que no hubo intención de pagar la deuda.

En este sentido, es fraude es tipificado por el artículo 386 del código penal como engañar o aprovecharse de un error para conseguir cosas de forma ilícita o conseguir lucro.

Claramente están excluidos los deudores o pagadores que se endeudan pero no tienen dinero para pagar.

Para más dudas sobre deudas, consulta Oink Oink.

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