¿Por qué la cancelación de sellos digitales son un ‘dolor de cabeza’?

¿Consideras que la cancelación de sellos digitales son un ‘dolor de cabeza’ del Servicio de Administración Tributaria (SAT)? Los contribuyentes que estuvieron implicados en un procedimiento de cancelación de sellos digitales así lo mencionan. Ya que la autoridad aplicó supuestos no previstos en el Código Fiscal de la Federación (CFF) para cancelar dichos certificados, sostuvo la Procuraduría de la Defensa del Contribuyente (Prodecon), menciona El Financiero.

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Imagen: Certificado de Sello Digital, 15 de noviembre de 2019 (Imagen: Especial)
Certificado de Sello Digital (Imagen: Especial)

El 2019 fue un dolor de cabeza para los pagadores de impuestos por lo que hace ex profeso al procedimiento de cancelación de certificados de sello digital. Empezamos a detectar que no obstante que el Artículo 17-H Fracción X del código contempla cuatro supuestos para cancelar sellos, no estábamos de acuerdo de que se estuvieran aplicando hipótesis no tipificadas en ese artículo”, dijo a El Financiero Luis Alberto Placencia, titular de la Prodecon.

¿Cuáles son las principales anomalías del SAT?

  • Entre las principales anomalías del SAT existe la dilación en verificaciones de domicilios
  • Criterios para calificar el domicilio fiscal.
  • La omisión en explicar discrepancias entre los ingresos.
  • Retenciones y deducciones.
  • La dilación en la valoración de documentación.

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En los cambios al Artículo 17-H Fracción X y la adición del Artículo 17-H Bis del CFF, se contemplan un nuevo procedimiento para la cancelación de sellos digitales, en el que, en vez de cancelar el sello digital al contribuyente, ahora le van a dar una garantía de audiencia al contribuyente; asimismo, los supuestos para cancelar los sellos pasan de cuatro a 10 hipótesis.

 Imagen: Oficinas del SAT, 15 de noviembre de 2019 (Imagen: Especial)
Oficinas del SAT (Imagen: Especial)

Una vez que el SAT considere que procede la cancelación de los sellos con una de las 10 hipótesis, le van a permitir al contribuyente ir a un procedimiento aclaratorio donde le van a permitir que siga utilizando su certificado de sello digital, esto es que, mientras no concluya el procedimiento aclaratorio, el contribuyente va a seguir facturando”, dijo a El Financiero Luis Alberto Placencia, titular de la Prodecon.

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